El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró que son inconstitucionales los artículos 7 y 8, en los renglones que establecen el presupuesto del Órgano Judicial y del Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación y de la Administración), y de los artículos 28,29,30 y 31 de la Ley 176 de 13 de noviembre de 2020, mediante la cual se dicta el presupuesto general del Estado para la vigencia 2021, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 29153-B de 13 de noviembre de 2020.
DEMANDA-Y-FALLO-PRESUPUESTO-JUSTICIA