Tarifa de Honorarios

Resolución No.5 de 14 de noviembre de 2016

por medio de la cual la Junta Directiva aprueba la

TARIFA DE HONORARIOS PROFESIONALES MÍNIMA

CONSIDERANDO:

 

PRIMERO:       Que el artículo 1078 del Código Judicial permite que el Colegio Nacional de Abogados establezca una tarifa de Honorarios Profesionales.

SEGUNDO:      Que el pasado 13 de julio se celebró una Asamblea General de Abogados la cual delegó en la Junta Directiva la aprobación final de la Tarifa de Honorarios Profesionales.

TERCERO:      Que el presidente de la Junta Directiva encargó al licenciado Andrés Buckley de presentar un proyecto el cual considerara y consolidara el documento presentado ante la Asamblea General.

CUARTO:        Que el licenciado Buckley, luego de varias consultas, presentó el respectivo proyecto a la Junta Directiva.

RESUELVE:

DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTÍCULO 1.  La presente Tarifa de Honorarios Profesionales Mínimos contiene las disposiciones que regulan los honorarios mínimos de los abogados en la República de Panamá

Esta Tarifa establece la base pecuniaria para el cobro de Honorarios, entendiéndose que es válido todo acuerdo, convenio o contrato escrito suscrito entre los profesionales del Derecho y sus clientes que fijen honorarios superiores, en atención al artículo 2 de la presente Tarifa, la naturaleza, especialidad o cuantía del negocio o asunto

De conformidad con el Código de Ética Profesional, será deslealtad y falta a la ética profesional por parte del abogado pactar honorarios inferiores a los establecidos en esta Tarifa. Se exceptúan los procesos por amparos de pobreza. Se exceptúan a aquellas personas que califiquen para el patrocinio legal gratuito.

El contrato o acuerdo escrito de mandato retribuido que cumpla con los requisitos legales prestará mérito ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en el Código Judicial.

ARTÍCULO 2.  Para la estimación o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los abogados deberán tomar en consideración:

  1. La importancia de los servicios;
  2. La cuantía del asunto o negocio;
  3. El resultado económico y pecuniario obtenido y el reconocimiento de la pretensión;
  4. La novedad o dificultad de los problemas jurídicos tratados;
  5. Su experiencia o especialidad en la materia;
  6. La posibilidad de que el abogado pueda ser impedido de patrocinar otros asuntos;
  7. La situación económica notoria del cliente;
  8. Si los servicios del abogado son por tiempo determinado, asunto específico o de carácter permanente;
  9. Las contingencias que se le puedan presentar al abogado en el tratamiento del asunto;
  10. El tiempo requerido en el patrocinio;
  11. La participación del abogado en el estudio y planteamiento del asunto o proceso;
  12. Si el abogado ha precedido su gestión como asesor, consultor, consejero o apoderado del cliente;
  13. Si la prestación de los servicios ha ocurrido o no fuera del domicilio del abogado;
  14. La forma y duración del pago de los servicios prestados.

ARTÍCULO 3.  Fíjase una Tarifa de Honorarios Mínimos de B/.250.00, sin perjuicio de lo fijado en la presente Tarifa, en todo proceso donde se produzca revocatoria del Poder otorgado o designación de un nuevo apoderado.

Los Honorarios profesionales se tasarán así:

  1. Un 25% de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la revocatoria se produce una vez presentado el Poder y ha sido admitida la demanda;
  2. Un 40%de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la revocatoria se produce luego de concluida la práctica de pruebas;
  3. Un 80% de lo pactado o de lo establecido en esta Tarifa, si la revocatoria se produce luego de concluida la instancia en los procesos de única instancia o la primera en los procesos que admita doble instancia;
  4. El 100% de lo pactado, si la revocatoria se produce en la segunda instancia, salvo que mediare sustitución consentida del abogado y un acuerdo de pago de Honorarios en base al trabajo realizado.
  5. Si mediare transacción judicial o extra judicial o cualquier otro medio de terminación del proceso, el abogado será remunerado con el 100% de lo pactado o según lo establecido en esta Tarifa.

CAPÍTULO ÚNICO (DE LAS TARIFAS)

ARTÍCULO 4.  Fíjase la siguiente Tarifa Mínima de Honorarios Profesionales así:

  Tarifa (B/.)  
1. CONSULTAS,  CONCEPTOS, REVISIÓN DE DOCUMENTOS Y REDACCIÓN DE NOTAS (siempre que no estén reguladas de manera especial)
1.1 Consulta verbal 75.00 x hora
1.2 Consulta verbal con examen de documentos 150.00 x hora
1.3. Concepto escrito 200.00 x hora
1.4 Revisión de expedientes en despachos judiciales o de la administración pública 300.00
1.5 Redacción de notas, cartas, cobros y otros documentos breves similares 250.00
Salvo que esté regulada de manera especial en otras secciones
2. ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS
2.1 Redacción de documentos que contengan contratos de compra venta, permuta, arrendamientos, cesiones de créditos y/o acciones, opciones o promesa de compra y venta, daciones en pago, préstamos con garantía o sin ella, prendaria o fiduciaria, derechos reales limitados, capitulaciones matrimoniales, transacciones fuera de juicios, contratos de obra y otros de naturaleza similar, títulos supletorios, y en general, documentos relativos a contratos, transacciones y actos en que se entregue, se prometa, se reciba, se pague o se declare alguna suma de dinero, o efectivos, o bienes equivalentes, causarán honorarios sobre el valor de las respectivas operaciones, conforme a la siguiente tarifa en forma progresiva:
2.1.1   De B/. 0.01 hasta B/. 30,000.99 300.00
2.1.2   De B/. 30,001.00 hasta B/. 2,000,000.99 1.00%
2.1.3   De B/. 2,000,001.00 en adelante Según convenio
PARÁGRAFO PRIMERO: Si la complejidad, novedad o dificultad del asunto sometido al abogado obliga a utilizar más del tiempo del normal, podrá fijar sus honorarios en base a la Tarifa-Hora, con un mínimo de B/.150.00 por hora.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En los documentos que contengan varias operaciones, los honorarios se causarán sobre el valor de cada operación.
PARÁGRAFO TERCERO: En los contratos de arrendamiento y otros semejantes, el monto de los honorarios se calculará sobre lo que deba pagarse durante el plazo del contrato. En caso de arrendamiento por tiempo indeterminado, el cálculo se hará sobre los cánones de arrendamiento durante dos años.
PARÁGRAFO CUARTO: En la redacción de los documentos de incorporación al régimen de Propiedad Horizontal, se aplicará la tarifa del uno por mil sobre el valor atribuido al respectivo inmueble con un mínimo de tres mil balboas (B/.3,000.00) por documento.
PARÁGRAFO QUINTO: La cancelación de hipoteca y la de cualquiera otra garantía causarán honorarios mínimos de trescientos balboas (B/.300.00), salvo pacto en contrario.
PARÁGRAFO SEXTO: Los títulos supletorios causarán honorarios mínimos sobre el valor atribuido al respectivo bien, conforme a la tarifa establecida en la tabla progresiva que precede.
PARÁGRAFO SÉPTIMO: El acuerdo escrito de honorarios en atención a la materia y complejidad o persona que solicita el servicio reemplaza cualquier estipulación siempre que sea superior a lo establecido en la presente tarifa. El contenido de dicho acuerdo solo puede ser impugnado por las partes ante los tribunales de justicia.
2.2 Preparación de minutas de declaración de mejoras según la cuantía, con un mínimo 300.00
2.3 Redacción de Poderes
2.3.1 Poder otorgado por persona natural 200.00
2.3.2 Poder otorgado por persona jurídica 300.00
3. ESTUDIO DE TÍTULOS    
(no se incluye la elaboración de minuta)
3.1 Para operaciones cuyo valor no sea mayor de B/.10,000.00 un honorario convencional sobre un mínimo de B/.150.00.
3.2 Para operaciones cuyo valor sea superior a B/.10,000.00 sin pasar de B/.25,000.00 un honorario convencional mayor de B/.350.00 sin que exceda del 2% del valor de la operación.
3.3 Para operaciones cuyo valor sea superior a B/.25,000.00 sin pasar de B/.50,000.00 un honorario convencional mayor de B/.450.00 sin que exceda del 1.5 % del valor de la operación.
3.4 Para operaciones cuyo valor sea superior de B/.50,000.00 sin pasar de B/.100,000.00 un honorario convencional mayor de B/.750.00 sin que se exceda del 1% del valor de operación.
3.5 Para operaciones cuyo valor sea mayor de B/.100,000.00 sin pasar de B/.250,00.00 un honorario convencional mayor de B/.1,000.00 sin que exceda del 0.85%.
3.6 Para operaciones cuyo valor sea superior de B/. 250,000.00 sin pasar de B/.1,000,000.00 un honorario convencional mayor de B/.1,000.00 sin que exceda del 0.75%.
3.7 Para operaciones cuyo valor exceda de B/.1,000,000.00 un honorario convencional sobre un mínimo equivalente al 0.65%, pero siempre con mínimo de B/.1,875.00 de la operación.
PARÁGRAFO: Cuando se incluye la elaboración de minutas, el porcentaje se puede doblar pero nunca los honorarios serán superiores a B/.50,000.00 excepto que el servicio se compute a base de B/.150.00 por hora de trabajo, en cuyo caso los honorarios no tienen límite.
4. ASUNTOS DE DERECHO ADMINISTRATIVO
4.1 Trámites ante la Administración Pública (exceptuando los que tengan una tasación distinta en esta tarifa)
4.1.1 Presentación y gestión de solicitudes 300.00
4.1.2 Recurso de reconsideración 250.00
4.1.3 Recurso de apelación 350.00
4.1.4 Recurso de Hecho 250.00
4.1.5 Recurso de Revisión Administrativa 1,000.00
4.1.6 Obtención de certificaciones, paz y salvo y similares 100.00
4.2 Trámites Migratorios
4.2.1 Obtención de visas y prórrogas
4.2.1.1 No Residente
4.2.1.1.1 Solicitud de visa de turista 1,500.00
4.2.1.1.2 Extensión de Visa de Turista 500.00
4.2.1.1.3 Solicitud de Extensión para cambio de Categoría Migratoria 500.00
4.2.1.1.4 Solicitud de Visa de Marino 1,000.00
4.2.1.1.5 Solicitud de Visa de Transeúnte o Trabajadores Eventuales 1,500.00
4.2.1.1.6 Solicitud de Visa de Trabajadores Domésticos 800.00
4.2.1.1.7 Solicitud de Visa de Espectáculo 2,000.00
4.2.1.1.8 Solicitud de Visa de Corta Estancia 850.00
4.2.1.1.9 Solicitud de Visa de Corta Estancia por Negocio 1,500.00
4.2.1.1.10 Solicitud de Visa de Corta Estancia para Visitar Familiares 850.00
4.2.1.1.11 Solicitud de Visa de Corta Estancia de Investigadores y Científicos 850.00
4.2.1.1.12 Solicitud de Visa de Corta Estancia por Tratamiento Médico 850.00
4.2.1.1.13 Solicitud de Visa de Corta Estancia en Calidad de Comerciantes e inversionistas por Leyes

Especiales

1,500.00
4.2.1.1.14 Solicitud de Visa de Corta Estancia para Asistencia Humanitaria Internacional 500.00
4.2.1.1.15 Solicitud de Visa de Corta Estancia para el Sector Bancario 1,500.00
4.2.1.1.16 Solicitud de Visa de Pasajeros y Tripulantes de Naves con Fines de Recreo o Turismo 500.00
4.2.1.1.17 Solicitud de Extensión de Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito 500.00
4.2.1.2 Residente Permanente
4.2.1.2.1 Por razones económicas
4.2.1.2.1.1 Inversionista de macro empresa 3,000.00
4.2.1.2.1.2 Solvencia Económica por Apertura de Depósito a Plazo Fijo 3,000.00
4.2.1.2.1.3 Solvencia Económica por Inversión en Bienes Inmuebles 3,000.00
4.2.1.2.1.4 Solvencia Económica por Inversión Mixta (Depósito a Plazo Fijo y Bienes inmuebles) 3,000.00
4.2.1.2.2 Políticas Especiales:
4.2.1.2.2.1 Rentista Retirado 3,000.00
4.2.1.2.2.2 Jubilado o Pensionado 2,500.00
4.2.1.2.2.3 Inversionista Forestal 3,000.00
4.2.1.2.2.4 Inversionista del Área Económica Panamá Pacifico 3,500.00
4.2.1.2.2.5 Permiso de Trabajadores del Área Panamá Pacifico, dentro del diez por ciento (10%) de los

trabajadores ordinarios de una empresa, del desarrollador u operador Inversionista en zonas Procesadoras

para la Exportación

1,500.00
4.2.1.2.2.6 Inversionista de Centro de Llamadas para uso comercial (Call Center) 3,500.00
4.2.1.2.2.7 Inversionista de la Industria Cinematográfica y Audiovisual 2,000.00
4.2.1.2.2.8 Extranjero del Programa Fullbright de Intercambio Educativo y Cultural 500.00
4.2.1.2.3 Por Razones Demográficas:
4.2.1.2.3.1 Reagrupación Familiar en calidad de Casado con Nacional 1,000.00
4.2.1.2.3.2 Reagrupación Familiar  (Dependiente de Residente Permanente) 1,500.00
4.2.1.2.3.3 Reagrupación Familiar en Calidad de Extranjero con Hijos Panameños 1,000.00
4.2.1.2.4 Por Leyes Especiales
4.2.1.2.4.1 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República de

Italia

2,500.00
4.2.1.2.4.2 Extranjeros Nacionales de Países Específicos que mantienen Relaciones Amistosas,

Profesionales, Económicas y de Inversion con la República de Panamá

2,500.00
4.2.1.2.4.3 En Calidad de Extranjero Profesional 1,500.00
4.2.1.2.4.4 En Calidad de Diplomático y Miembros de Organismos Internacionales de países que

mantengan relaciones diplomáticas amistosas con la República de Panamá, quienes han dejado de prestar

sus servicios en sus respectivas posiciones

3,000.00
4.2.1.2.5 Por razones Laborales
4.2.1.2.5.1 Personal Extranjero contratado por empresas privadas dentro del 10 % del personal ordinario 1,500.00
4.2.1.2.5.2 Personal Extranjero contratado como experto o Técnico dentro del 15 % del personal ordinario 1,500.00
4.2.1.3 Residente Temporal
4.2.1.3.1 Razones Laborales
4.2.1.3.1.1 Extranjero contratado por el Gobierno Nacional o entidades Autónomas o Semiautónomas 1,500.00
4.2.1.3.1.2 Extranjero contratado por empresas bajo contrato con el Gobierno 1,500.00
4.2.1.3.1.3 Extranjero contratado como Ejecutivo en empresas de la Zona Libre de Colón 2,000.00
4.2.1.3.1.4 Extranjero Remunerado desde el Exterior que no posean Estatus Diplomático 1,500.00
4.2.1.3.1.5 Personal contratado como corresponsal de prensa escrita, radial o televisiva internacional y

remunerada en el exterior

1,500.00
4.2.1.3.1.6 Extranjero contratado por empresas en virtud del Acuerdo de Marrakech 1,000.00
4.2.1.3.1.7 En calidad de Profesional del Deporte 1,000.00
4.2.1.3.1.8 En calidad de empleado de empresas de Aviación radicadas en la República de Panamá 2,000.00
4.2.1.3.2 Razones de Inversión
4.2.1.3.2.1 Inversionista Agrario 1,500.00
4.2.1.3.2.2 Inversionista Forestal 1,500.00
4.2.1.3.3 Políticas Especiales
4.2.1.3.3.1 Extranjero contratado por empresas de la industria Cinematográficas y Audiovisual 1,000.00
4.2.1.3.3.2 Investigador de la Fundación Ciudad del Saber 1,000.00
4.2.1.3.3.3 Docente de la Fundación Ciudad del Saber 1,200.00
4.2.1.3.3.4 Empresario o Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber 1,500.00
4.2.1.3.3.5 Técnico de la Fundación Ciudad del Saber 1,200.00
4.2.1.3.3.6 Estudiante de la Fundación Ciudad del Saber 500.00
4.2.1.3.3.7 Extranjero Contratado por la Autoridad del Canal de Panamá 1,500.00
4.2.1.3.3.8 Empleado de Subcontratista de Empresa bajo contrato con la ACP 1,500.00
4.2.1.3.3.9 Trabajador del Área Panamá – Pacifico a favor de extranjeros contratados por empresas  del

Área Panamá – Pacifico, el desarrollador, el operador o la agencia, para laborar    como personal

especializado en aspectos técnicos y/o en asuntos propios de la gestión administrativa, en un porcentaje

que exceda del quince por ciento (15%) de los trabajadores ordinario

1,500.00
4.2.1.3.3.10 Trabajadores del Área Panamá – Pacífico a favor de extranjeros que laboren al servicio  de

empresas que tengan menos de diez trabajadores

1,500.00
4.2.1.3.3.11 Trabajador contratado en puestos de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas

dentro de zonas procesadoras para la exportación

1,500.00
4.2.1.3.3.12 Trabajador contratado en puestos de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas

de centro de llamadas de uso comercial para exportación «Call Center»

1,500.00
4.2.1.3.3.13 Trabajador contratado como ejecutivos de compañías internacionales, cuyas funciones surten

efectos en el extranjero

1,500.00
4.2.1.3.3.14 Trabajador contratado por sede de empresas multinacionales 1,500.00
4.2.1.3.4 Razones de Educación
4.2.1.3.4.1 Permiso Temporal por Razones de Educación 550.00
4.2.1.3.4.2 Residente Temporal en calidad de participante de programas educativos de entidades

Sin fines de lucro aprobadas por el Ministerio de Educación

550.00
4.2.1.3.5 Razones Religiosas
4.2.1.3.5.1 En calidad de religioso al servicio de la Iglesia Católica Y Ortodoxa 1,200.00
4.2.1.3.5.2 En calidad de misionero Laico al servicio de la Iglesia Católica y Ortodoxa 1,000.00
4.2.1.3.5.3 En calidad de estudiante para ser religioso de la Iglesia Católica y Ortodoxa 500.00
4.2.1.3.5.4 En calidad de autoridades, ministros, rabinos, pastores, líderes o religiosos de otras

denominaciones o asociaciones religiosas

1,200.00
4.2.1.3.6 Reagrupación Familiar
4.2.1.3.6.1 Permiso de Residente Temporal por Reagrupación Familiar 1,500.00
4.2.1.3.7 Naturalización 3,500.00
4.2.1.3.8 Otros Trámites
4.2.1.3.8.1 Reconsideración 500.00
4.2.1.3.8.2 Apelación 1,000.00
4.2.1.3.8.3 Filiación 100.00
4.2.1.3.8.4 Solicitud de Estatus Migratorio 100.00
4.2.1.3.8.5 Solicitud de Visa Multiple 150.00
4.2.1.3.8.6 Salvo Conducto 150.00
4.2.1.3.8.7 Levantamiento de Impedimento de Entrada o de Salida del País 2,000.00
4.2.1.3.8.8 Nota de Cédula 250.00
4.2.1.3.8.9 Corrección de Resoluciones 100.00
4.2.1.3.8.10 Desistimiento 300.00
4.2.1.3.8.11 Cierre de Trámite 100.00
4.2.1.3.8.12 Desgloce 100.00
4.2.1.3.8.13 Homologación o Reválida de Título 500.00
4.2.1.3.8..14 Retorno Voluntario 500.00
4.3 Trámites ante la Autoridad Nacional de Aduanas
4.3.1 Actuaciones ante las Administraciones Regionales 900.00
4.3.2 Actuación ante la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera (delitos de contrabando y defraudación

aduanera)

1,000.00
4.3.3 Actuaciones en Oposición al Trámite de mercancías falsificadas 1,000.00
4.3.4 Actuaciones ante la Comisión Arancelaria 1,200.00
4.3.5 Actuaciones ante la Comisión de Apelaciones 1,200.00
4.3.6 Solicitud de Licencias de Servicios de Vigilancia (constituciones de recintos privados Aduaneros) 1,500.00
4.3.7 Actuaciones en Discrepancia de Aforos 1,000.00
4.3.8 Consultas ante la Dirección de Gestión Técnica 700.00
4.4 Trámites ante el Ministerio de Comercio e Industria
4.4.1 Aviso de Operación
4.4.1.1 Obtención
4.4.1.1.1 Actividades sin Requisitos Previos
4.4.1.1.1.1 Persona Natural 150.00
4.4.1.1.1.2 Persona Juridica 250.00
4.4.1.1.2. Actividades Reguladas con Requisitos Previos
4.4.1.1.2.1 Personal Natural 350.00
4.4.1.1.2.2 Persona Juridica 500.00
4.4.1.2 Modificaciones o Cambios en los Avisos de Operación Industriales y cancelaciones 150.00
4.4.1.3 Inclusión de Actividades con Requisitos Previos 350.00
4.4.1.4 Representación en Procesos Sancionatorios por Violaciones a la Ley de PanamaEmprende 500.00
4.4.2 Propiedad Industrial
4.4.2.1 Marca de Fábrica, de Comercio, de Servicios o Denominación Comercial, Uso de expresiones

publicitarias, Indicaciones geográficas y otros

4.4.2.1.1 Investigación de Disponibilidad
4.4.2.1.1.1 Denominaciones 100.00
4.4.2.1.1.2 Elemento Figurativo 200.00
4.4.2.1.2 Registro de Marca
4.4.2.1.2.1 Marca Uniclase 500.00
4.4.2.1.2.2 Marca Multiclase 1,000.00
4.4.2.1.3 Renovación
4.4.2.1.3.1 Marca Uniclase 350.00
4.4.2.1.3.2 Marca Multiclase 400.00
4.4.2.1.4. Cambios Administrativos
4.4.2.1.4.1 Marca Uniclase 300.00
4.4.2.1.4.2 Marca Multiclase 350.00
4.4.2.1.5 Inscripción de contraltos
4.4.2.1.5.1 De franquicias 500.00
4.4.2.1.5.2 De uso 500.00
4.4.2.1.6 Registro de Propiedad Intelectual, Literaria o Artística y otros (Derecho de Autor) 500.00
4.4.2.1.7 Inscripción de registros de propiedad intelectual en Aduanas y Zonas Francas 250.00
4.4.2.1.8 Presentación de poder, solicitud de muestras e inventarios 400.00
4.4.2.1.9 Presentación de oposición al tránsito de la mercancía 600.00
4.4.2.1.10 Cancelaciones, nulidades, oposiciones, prohibiciones del uso
4.4.2.1.10.1 En primera instancia 1,500.00
4.4.2.1.10.2 En segunda instancia 2,000.00
4.4.2.1.11 Proceso de conciliación de Derecho de Autor 750.00
4.4.2.1.12 Recursos
4.4.2.1.12.1 Reconsideración 300.00
4.4.2.1.12.2 Apelación 500.00
4.4.2.2. Patentes de Invención
4.4.2.2.1 Registro de patentes fase nacional 750.00
4.4.2.2.2 Registro de Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT) 1,000.00
4.4.2.2.3 Registro de modelos de utilidad 750.00
4.4.2.2.4 Registro de diseño industrial 750.00
4.4.3 Autorización para operar empresas financieras 5,000.00
4.4.4 Autorización para operar empresas de arrendamiento de bienes muebles (leasing) 5,000.00
4.4.5 Cancelaciones 2,000.00
4.4.6 Asesoría externa a empresas financieras 750.00
4.4.7 Gestiones administrativas ante la dirección de empresas financieras 250.00
4.4.8 Cambios y modificaciones a las autorizaciones 500.00
4.4.9 Obtención de licencias de corredor de bienes raíces
4.4.9.1Persona Jurídica 1,500.00
4.4.9.2 Persona Natural 800.00
4.5 Asuntos ante la Superintendencia del Mercado de Valores
4.5.1 Licencia para operar como casa de valores 10,000.00
4.5.2 Licencia para operar como asesores de inversión, administradores de inversión u otros intermediarios 5,000.00
4.5.3 Licencia de Corredor de Valores y Analista; Ejecutivo Principal 500.00
4.5.4 Trámite de registro de valores (acciones, bonos corporativos, VCN’s) Según convenio
4.5.5 Gestiones administrativas ante la Superintendencia del Mercado de Valores 150.00 x hora
4.5.6 Asesoría legal a intermediarios del Mercado de Valores Según convenio
4.5.7 Representación en investigaciones administrativas por posible violación de la Ley de Valores Según convenio
4.6 Asuntos ante la Autoridad Marítima Nacional
4.6.1 Abanderamientos (obtención de patente de navegación  provisional y definitiva, registro de título de propiedad, licencia de radio provisional y definitiva) 1,500.00
4.6.1.1 Cada Prórroga 150.00
4.6.2 Obtención de Licencia Especial de Navegación 1,500.00
4.6.2.1 Cada Prórroga 150.00
4.6.3 Registro de Hipotecas Navales (Preliminar) 500.00
4.6.4 Registro de Hipotecas Navales (Definitiva) 1,500.00
4.6.5 Cancelación de Hipotecas Navales 500.00
4.6.6 Cambio de Nombre 300.00
4.6.7 Cambio de domicilio 300.00
4.6.8 Cambio de Propietario (Trámite completo de abanderamiento) 1,500.00
4.6.9 Cancelación de registros 300.00
4.6.10 Agente Residente (1 año) 250.00
4.6.11 Obtención de Certificado de paz y salvo 100.00
4.6.12 Recursos Administrativos
4.6.12.1 Reconsideración 500.00
4.6.12.2 Apelación 1,000.00
4.7 Asuntos ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP)
4.7.1 Tramitación de concesiones de agua Según convenio x hora
4.7.2 Tramitación de servicios radiotelefónico Según convenio
4.7.3 Tramitación de licencia de funcionamiento de emisoras de radio Según convenio
4.7.4 Tramitación de la licencia de funcionamiento de televisión Según convenio
4.7.5 Licencia de transmisión de señal vía satélite Según convenio
4.7.6 Otras gestiones administrativas ante este organismo Según convenio
4.8 Asuntos ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO)
4.8.1 Dirección Nacional de Protección al Consumidor
4.8.1.1 Audiencias en el Departamento de Conciliación 300.00
4.8.1.2 Actuaciones ante el Departamento de Investigación Según convenio
Según convenio
4.8.2 Dirección Nacional de Libre Competencia
4.8.2.1 Actuaciones ante el Departamento de Investigación de la Competencia Según convenio
4.8.2.2 Actuaciones ante la Unidad de Estudio y Análisis de Mercado Según convenio
4.9 Asuntos ante el Tribunal Electoral y sus dependencias
4.9.1 Trámites administrativos
4.9.1 Obtención de certificados y/o certificaciones. 100.00
4.9.2 Inscripción de actos vitales de panameños en el extranjero. 500.00
4.9.3 Corrección de inscripciones y marginales. 300.00
4.9.4 Cambios de nombre por derecho de uso y costumbre 500.00
4.9.5 Gestiones administrativas y peticiones generales acompañando al interesado. 150.00
4.9.2 Procedimientos ante la Jurisdicción Electoral
4.9.2.1 Trámite de inscripción de partidos políticos 5,000.00
4.9.2.2 Oposición a inscripción de partidos políticos, registros de símbolos y bandera. 3,000.00
4.9.2.3 Impugnación de actas y/o resoluciones internas de organismos de los partidos políticos inscritos. 3,000.00
4.9.2.4 Impugnación a inscripción de adherentes de partidos políticos. 500.00
4.9.2.5 Impugnación a cambio de residencia y registro en el padrón electoral. 500.00
4.9.2.6 Representación en procesos de expulsión de miembros de partidos políticos 2,000.00
4.9.2.7 Representación en impugnaciones de postulaciones a cargos de elección popular:
4.9.2.7.1 Representantes o Concejales 1,500.00
4.9.2.7.2 Alcaldes 1,500.00
4.9.2.7.3 Diputados y suplentes 2,000.00
4.9.2.7.4 Diputados al Parlacem o suplentes 2,000.00
4.9.2.7.5 Presidentes o Vicepresidentes de la República 3,000.00
4.9.2.8 Representación en impugnaciones de proclamaciones de candidatos a cargos de elección popular
4.9.2.8.1 Representantes o Concejales y suplentes 1,500.00
4.9.2.8.2 Alcaldes o suplentes 1,500.00
4.9.2.8.3 Legisladores o Diputados al Parlacem y suplentes 5,000.00
4.9.2.8.4 Presidentes o Vicepresidentes de la República 10,000.00
4.9.2.9 Trámite de registro de disolución de partidos políticos 2,000.00
4.9.2.10 Abogado registrado del partido en el Tribunal Electoral por mes 1,500.00
4.9.2.11 Procesos de nulidad de elecciones 1,000.00
4.9.2.12 Procesos por faltas electorales y administrativas 1,000.00
4.9.2.13 Procesos seguidos para delitos electorales 2,000.00
4.10 Asuntos de Derecho Sanitario
4.10.1 Registro sanitario ante el Ministerio de Salud (medicamentos, cosméticos, alimentos, licores y otros) 500.00 cada registro
4.10.2 Renovación 400.00
4.10.3 Registro Sanitario ante la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) 350.00
4.10.4 Registros Sanitarios ante el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) 450.00
4.10.5 Supresión o cambio o modificación de contraindicaciones o de indicaciones o de advertencias o de

excipientes o de la dosis o de colores

350.00
4.10.6 Traspaso 350.00
4.10.7 Modificación del nombre del producto 350.00
4.10.8 Modificación de la fórmula del producto o reformulación 350.00
4.10.9 Supresión de exigencia venta con fórmula médica 350.00
4.10.10 Cambio del nombre del titular 350.00
4.10.11 Licencia sanitaria de funcionamiento (Clase A, B,C y E) inscripción de laboratorios 400.00
4.10.12 Memoria de impulso procesal 200.00
4.10.13 Solicitud de aprobación de etiquetas o su modificación de propaganda 350.00
4.10.14 Cambio de fabricante 350.00
4.10.15 Identificación o determinación del nombre genérico del producto 350.00
4.10.16 Modificación o reforma de resoluciones 350.00
4.10.17 Desistimiento 350.00
4.10.18 En lo demás, deben seguirse, en lo posible, las tarifas de propiedad industrial.
4.11 Asuntos ante la Superintendencia de Bancos
4.11.1 Obtención de Licencia Bancaria
4.11.1.1 General 25,000.00
4.11.1.2 Internacional 25,000.00
4.11.1.3 de Representación 25,000.00
4.11.2 Asesoría externa a Bancos (mensualidades) 1,000.00
4.11.3 Obtención de Licencia Bancaria (adicional) 12,500.00
4.11.4 Cancelación de Licencia Bancaria 12,500.00
4.11.5. Gestiones Administrativas ante la Superintendencia de Bancos, tales como (quejas por deficiencia en el servicio, apertura de sucursales y similares 500.00
4.11.6 Constitución de Fideicomisos 2,000.00
4.11.7 Trámite de obtención de licencias para fiduciario 15,000.00
4.11.8 Agente Residente Fideicomiso (al año) 300.00 B/. 500.00
4.11.9 Asesorías administrativas ante la Superintendencia de Bancos, incluyendo recursos contra sus resoluciones 150.00 x hora
4.12 Asuntos ante la Superintendencia de Seguros y Reaseguros
4.12.1 Obtención de Licencia de Corredores de Seguro
4.12.1.1 Persona natural 500.00
4.12.1.2 Persona Jurídica 1,000.00
4.12.2 Obtención de licencia para compañías aseguradoras 4,000.00
4.12.3 Obtención de licencia para compañías reaseguradoras 3,500.00
4.12.4 Trámite de cesión de cartera de seguros y/o reaseguros 3,000.00
4.12.5 Trámite de aprobación de pólizas o endosos 1,500.00
4.12.6 Obtención de licencia para aseguradoras cautivas y administradoras de aseguradoras cautivas 3,000.00
4.12.7 Obtención de licencia para Administradora de Aseguradoras y de Corredores de Seguros 2,500.00
4.12.8 Recursos administrativos ante la Superintendencia o Consejo Técnico de Seguros y Reaseguros:
4.12.8.1 Reconsideración 500.00
4.12.8.2 Apelación 1,000.00
4.12.9 Trámite de consulta 300.00
4.12.10 Otras gestiones Según convenio
4.13 Asuntos ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
4.13.1 Exoneraciones de Impuestos de Inmuebles por finca
4.13.1.1 Fincas cuyo valor catastral se hasta  B/.25,000.00 500.00
4.13.1.2 Fincas cuyo valor catastral sea de  B/.25,000.01 hasta B/.150,000.00 1,500.00
4.13.1.3 Fincas cuyo valor catastral se exceda de  B/.150,000.00 2,500.00
4.13.2 Exoneración del pago del impuesto de transferencia de Bienes Inmuebles por finca
4.13.2.1 Persona Natural 300.00
4.13.2.2 Persona Jurídica 500.00
4.13.3 Pago de tasas únicas y obtención de paz y salvo nacional o de inmueble 100.00
4.13.4 Obtención de resolución de exoneración de donaciones 500.00
4.13.5 Procesos de prescripción de tributos nacionales
4.13.5.1 Hasta B/.5,000.00 25% de lo concedido
4.13.5.2 Más de B/.5,000.00 20% de lo concedido
4.13.6 Procesos de alcances tributaries
4.13.6.1 Reconsideración
4.13.6.1.1 Si la cuantía es hasta B/.25,000.00 2,000.00
4.13.6.1.2 Si la cuantía es de B/.25,000.01 a B/.150,000.00 3,500.00
4.13.6.1.3 Si la cuantía es de B/.150,000.01 a B/.1,000,000.00 4,500.00
4.13.6.1.4 Si la cuantía es mas de  B/.1,000,000.00 7,500.00
4.13.6.2 Apelación
4.13.6.2.1 Si la cuantía es hasta B/.25,000.00 2,000.00
4.13.6.2.2 Si la cuantía es de B/.25,000.01 a B/.150,000.00 4,000.00
4.13.6.2.3 Si la cuantía es de B/.150,000.01 a B/.1,000,000.00 5,000.00
4.13.6.2.4 Si la cuantía es mas de  B/.1,000,000.00 8,000.00
En ambos casos se puede convenir un porcentaje sobre los resultados de la gestión en adición a los honorarios

antes señalados.

4.13.7 Gestiones de negociación y trámite de Contratos con la Nación Según Convenio
4.13.8 SolicItudes de no aplicación de CAIR 4,500.00
4.13.9 Estudios de Precios de Transferencia Según Convenio
4.13.10 Certificado de Residencia Fiscal 500.00
4.13.11 Soliictud de aplicación y reconocimiento de aplicación de tratados Tributarios 750.00
4.13.12 Peritaje en Tributación Internacional B/.250.00 por hora
4.13.13 Opiniones sobre Aplicación de Tratados Tributarios Según Convenio
4.13.14 Redacción de Normas Tributarias y asesoría en Tratados tributarios Según Convenio
4.13.15 Asistencia en Auditorias y Fiscalizaciones B/.250.00 por hora
4.13.16 Junta de Control de Juegos
4.13.16.1 Gestiones de aprobación de rifas, tómbolas y otras actividades ante la Junta de Control de Juegos 500.00 o según convenio
4.13.16.2 Trámite de reconsideración y apelación de resoluciones de la Junta de Control de Juegos (por cada

instancia)

500.00
4.13.16.3 Permisos de Operación de salas de juegos de suerte y azar 5,000.00
4.14 Asuntos ante el Ministerio de Vivienda
4.14.1 Confección del Contrato de Arrendamiento Ver sección 2.1 y su Parágrafo tercero
4.14.2. Solicitudes de desahucio ante Comisión de Vivienda, sin apelaciones 300.00
4.14.3 Solicitudes de desahucio ante Comisión de Vivienda, con apelaciones 500.00
4.14.4 Solicitudes de lanzamiento ante comisión de vivienda 500.00
4.14.5 Solicitudes de aumento de cánones 500.00
4.14.6 Incorporación de régimen de propiedad horizontal Ver sección 2.1 y su Parágrafo  cuarto
4.14.7 Modificación de Reglamento de propiedad horizontal 700.00
4.14.8 Tramitación de quejas ante la Comisión de Vivienda 300.00
4.14.9 Tramitación de descuentos directos 200.00
4.14.10 Trámites de devolución de depósitos 200.00
4.14.11 Solicitudes de modificación de zonas, sin apelación 500.00
4.14.12 Solicitudes de modificación de zonas, con apelación 1,000.00
4.14.13 Trámites de certificaciones 150.00
4.14.14 Devoluciones de aumento ilegales de cánones Según convenio
4.14.15 Procesos de condena y rehabilitación 300.00
4.15 Otros asuntos de Derecho Administrativo
4.15.1 Asesoría permanente a entidades oficiales sin ser servidor público en dicha institución (por mes) 2,000.00
4.15.2 Asesoría para casos especiales a la administración pública 1,500.00
4.15.3 Contratos Administrativos
4.15.3.1 Elaboración Ver sección 2.1
4.15.3.2 Revisión 250.00
4.15.4 Asesoría a personas naturales o jurídicas en la realización de contratos con la administración 500.00
4.15.5 Asesoría a personas que intervienen en licitaciones y actos de contratación Según convenio
4.15.6 Asistencia legal ante funcionarios administrativos 150.00
4.15.7 Registro de Propiedad Intelectual, Literaria o Artística y otros (Derecho de Autor) 500.00
4.15.8 Contrato de concesión y operación Según convenio
4.15.9 Tramitación de permiso o licencia de explotación Según convenio
4.15.10 Tramitación de Personería Jurídica para asociaciones sin fines de lucro 1,000.00
4.15.11 Tramitación de Certificados de Idoneidad para el ejercicio de profesiones liberales 300.00
4.16 Actuaciones ante autoridades de policía
4.16.1 Ante Jueces o Corregidores Nocturnos 300.00
4.16.2 Corregidores 200.00
4.16.3 Alcaldía 300.00
4.16.4 Gobernación 300.00
4.16.5 Juicio ante Juzgado de Tránsito 300.00
Cuando se trate de apelaciones en los casos antes indicados, los honorarios serán:
4.16.5.1 Contra Resoluciones de Jueces Nocturnos y Corregidores 200.00
4.16.5.2 Contra Resoluciones de Alcaldes, Jueces de Tránsito y Gobernadores 300.00
5. ASUNTOS DE DERECHO DEL TRABAJO  
5.1 Representación ante el Ministerio de Trabajo
5.1.1 Para el trabajador 75.00 x hora
5.1.2 Para el empleador 150.00 x hora
5.2 Permiso de trabajo (obtención o prórroga) 400.00
5.3 Presentación de reconsideraciones y /o apelaciones en solicitudes de Permisos de Trabajo 300.00
5.4 Concepto verbal:
5.4.1 Para el trabajador 100.00
5.4.2 Para el empleador 250.00
5.5 Concepto por escrito
5.5.1 Para el trabajador 100.00
5.5.2 Para el empleador 250.00
5.6 Revisión de cálculo laborales
5.6.1 Para el trabajador 100.00
5.6.2 Para el empleador 250.00
5.7 Elaboración de Contrato de Trabajo 200.00
5.8 Reglamento Interno de Trabajo
5.8.1 Elaboración 600.00
5.8.2 Trámite de aprobación 400.00
5.9 Estatuto Sindical
5.9.1 Elaboración 600.00
5.9.2 Trámite de aprobación 400.00
5.10 Solicitud de Personería Jurídicas a Organizaciones Sociales
5.10.1 de empleadores 1,500.00
5.10.2 de trabajadores 1,000.00
5.11 Conciliación judicial mutuo acuerdo (extra judicial) 250.00
5.12 Elaboración de pliego de peticiones 1,000.00
5.13 Convenciones colectivas por negociación directa
5.13.1 Para el empleador B/.1,000.00 o B/.150.00 por hora
5.13.2 Para el trabajador el 20% de los resultados de la cláusula económica
5.14 Asesoría permanente de Sindicato 500.00 x mes
5.15 Asesoría permanente a patronos 300.00 x mes
5.16 Asesoría a trabajadores en conflictos colectivos con firma de negociación colectiva
5.16.1 Trabajadores B/.1,000.00 más el 20% de lo obtenido en la cláusula económica
5.16.2 Empleadores B/.1,500.00 ó 150.00 por hora
5.17 Gestión extra-judicial en reconocimiento de Derechos Laborales (remuneraciones, prestaciones, indemnizaciones y otros) el 15% de lo cobrado
5.18 Elaboración de documentos de terminación de Contrato del trabajo por mutuo consentimiento que incluya el cálculo de las prestaciones laborales
5.18.1 En representación del empleador 250.00
5.18.2 En representación del trabajador el 15% de lo cobrado
5.19 Proceso de única instancia
5.19.1 Para el trabajador, un 30% sobre el valor de las condenas o transacción (incluye el recurso de apelación de

ser necesario)

5.19.2 Para el empleador 500.00 salvo convenio
5.20 Solicitud de autorización de despido a trabajadores con fuero sindical, fuero de maternidad o fuero de pliego de peticiones
5.20.1 En primera instancia 700.00
5.20.2 En segunda instancia 300.00
5.21 Solicitud de autorización de despido por causa económica y otros ante la Dirección General de Trabajo 1,500.00
5.22 Procesos relativos al incumplimiento del artículo 215 del Código de Trabajo B/.250.00 más el 20% de lo obtenido
5.23 Proceso de Conocimiento
5.23.1 En representación del trabajador
5.23.1.1 Por la primera instancia 25% de lo obtenido
5.23.2 Por la segunda instancia 15% adicional de lo obtenido
5.23.3 Por ambas instancias, o cuando el proceso termine en la primera, por falta de apelación del empleador el 25%
Parágrafo: Habrá lugar a un anticipo convencional con el cliente
5.23.2 En representación del empleador
5.23.2.1 Por la primera instancia 750.00
5.23.2.2 Por la segunda instancia 500.00
5.23.2.3 Por ambas instancias 1,000.00
Parágrafo: Podrá aumentarse la tarifa por razón de la cuantía del proceso y el trabajo por desarrollar.
5.24 Proceso de Fuero Sindical
5.24.1 Reintegros B/.250 más el 25% del valor recaudado
5.24.2 Para el Empleador 750.00
5.25 Proceso Ejecutivo
5.25.1 Para el demandante 25% de lo obtenido
5.25.2 Para el demandado 500.00
5.25.2.1 Con presentación de excepciones 1,000.00
5.26 Proceso arbitral
5.26.1 De carácter individual
5.26.1.1 Para el trabajador 15%
5.26.1.2 Para el empleador 15%
5.26.1.3 Como árbitro, conforme a la tarifa correspondiente al organismo donde se ventile el arbitraje.
5.26.2 De carácter colectivo originado en compromiso o en cláusula compromisoria
5.26.2.1 Para los Trabajadores 250.00
5.26.2.2 Para el empleador 500.00
5.26.2.3 Como árbitro, conforme a la tarifa correspondiente al organismo donde se ventile el arbitraje
5.27 Casación Laboral
5.27.1 Demanda de Casación
5.27.1.1 Para el trabajador B/.500.00 o B/.250.00 más el 10% de lo obtenido
5.27.1.2 Para el empleador B/.1,000.00 ó B/.500.00 más el 10% de la cuantía
5.27.2 Oposición a la demanda de casación
5.27.2.1 Para el trabajador B/.350.00 o B/.250.00 + el 10% de lo obtenido
5.27.2.2 Para el empleador 800.00
6. ASUNTOS DE DERECHO COMERCIAL    
6.1 Tarifa mínima por hora 150.00
6.2 Consultas o conceptos
6.2.1 Consulta Verbal 100.00
6.2.2 Consulta o concepto escrito 250.00
6.2.3 Consultas sobre temas extensos 500.00
6.3 Constitución de Personas Jurídicas
6.3.1 Colectiva, en comandita simple y de responsabilidad limitada 1,000.00
6.3.2 En Comandita por acciones 1,000.00
6.3.3 Anónima 500.00
6.3.4 Fundación de Interés Privado      500.00
6.3.5 Administradora de fondos de pensiones 5,000.00
6.4 Confección de estatutos para sociedades y asociaciones 1,000.00
6.4.1 Reconocimiento de asociación sin fines de lucro 1,000.00
6.4.2 Reconocimiento de asociación educativa, como organización no-gubernamental y de bienestar social, laboral,

etc.

1,000.00
6.5 Confección de Actas de sociedades y asociaciones 250.00
6.6 Confección de Poderes de sociedades y asociaciones Ver sección 2.3.2
6.7 Disolución de Sociedades y Asociaciones 500.00
6.8 Certificado del Registro Público sobre la vigencia y personería de la Sociedad o Asociación 150.00
6.9 Actuación como Directores en sociedades Anónimas (al año)
6.9.1 Si son abogados 300.00
6.9.2 Si no son Abogados 150.00
6.9.3 Si el Abogado es el Presidente o el Representante Legal 1,000.00
6.10 Agente Residente (al año) 250.00
6.11 Asesoría en la organización y celebración de Asamblea o Junta Directiva de Sociedades o Asociaciones, incluida asistencia a la reunión, redacción de actas y gestiones posteriores por hora:
6.11.1 en oficina del abogado 250.00
6.11.2  fuera de la oficina 300.00
NOTA: Si la gestión se realiza fuera del país, la tarifa puede ser aumentada proporcionalmente.
6.12 Asesoramiento en trámite de expedición de acciones de la sociedad 300.00
6.14 Honorarios Periódicos (Retainer) 300.00
El abogado podrá aplicar un descuento de hasta un 25% en las actuaciones que realice para clientes con los cuales

mantiene honorarios periódicos (retainer)

NOTA: En base a lo dispuesto por las nuevas leyes, decretos, etc. que aumentan las responsabilidades de los abogados como agentes residentes, y hacen más exigente la política “conozca a su cliente”, el abogado puede acordar con su cliente sumas mayores a las aquí sugeridas como Tarifa Mínima.
7. ACTUACIONES EN LA ESFERA JUDICIAL
7.1. Procesos de Conocimiento
7.1.1 Procesos Ordinarios (Jurisdicción Civil – Comercial)
7.1.1.1 De Menor Cuantía (B/.250.00 a B/.5,000.00) 25% de la cosa o cantidad en litigio
7.1.1.2 De Mayor Cuantía:
7.1.1.2.1 De B/.5,001.00 hasta B/.20,000.00 25%
7.1.1.2.2 De 20,001.00  hasta 100,000.00 20%
7.1.1.2.3 De 100,001.00 hasta 500,000.00 15%
7.1.1.2.4 De 500,001.00 hasta 1,000,000.00 10%
7.1.1.12.5 De 1,000,001.00 en adelante 7.5%
7.1.1.3 Representación de tercero, 50% de la tarifa establecida para las partes
7.1.1.4 Representación al llamado al proceso tarifa plena
Nota: La tarifa mínima anterior se aplicará de manera progresiva.
7.1.2 Procesos Sumarios
7.1.2.1 División y Venta de Bienes Comunes
7.1.2.1.1 Hasta B/.20,000.00 25%
7.1.2.1.2 De B/.20,001.00 en adelante 10%
La cuantía se determina por el valor de los derechos que corresponden al interesado.
7.1.2.2 Servidumbre
7.1.2.3 Interdictos Posesorios
7.1.2.4 Denuncia de Obra Nueva
7.1.2.5 Denuncia de Obra Ruinosa
7.1.2.6 Fallos de Policía
7.1.2.7 Rendición de Cuentas Se aplica la tarifa de los procesos ejecutivos
7.1.2.8 Desahucio y Lanzamiento ante Tribunales Ordinarios 5,000.00
7.2 Procesos No Contenciosos
7.2.1 Inspecciones sobre medidas y linderos
7.2.1.1 Predios urbanos B/.500.00 a 2,000.00
7.2.1.2 Predios rurales B/.500.00 a 3,000.00
7.2.2 Edificaciones en Terrenos Ajenos
7.2.3 Patrocinio Procesal Gratuito
7.2.4 Pago por Consignación 20% de la cuantía, con un mínimo de B/.300.00
7.2.5 Ausencia y Presunción de Muerte
7.2.6 Deslinde y Amojonamiento
7.2.6.1 Hasta B/.20,000.00 25%
7.2.6.2 De B/.20,001.00 en adelante 10%
La cuantía se determina por el valor de los derechos que corresponden al interesado.
7.2.7 Declarativos, acertivos, informaciones para perpetua memoria y otros similares 2,000.00
7.2.8 Restitución de bienes con reserva de dominio 1,000.00
7.2.9 Procesos Posesorios.
Se pactará en forma convencional, con base a un mínimo de B/. 1,000.00 teniendo en cuenta la complejidad del

negocio, la cuantía de los bienes, la labor requerida, las condiciones especiales de la práctica, especialidad

profesional y la capacidad económica del interesado.

Nota: Si se transforman en contenciosos, se aplicará las reglas generales de esta tarifa
7.3 Procesos Sucesorios (Sucesión Testamentaria o Intestada)
7.3.1 Hasta B/.50,000.99 15% sobre el activo
7.3.2 De B/.50,001.00 en adelante 10% líquido de la sucesión que corresponde al interesado
NOTAS:
a) Los honorarios anteriores se refieren únicamente al proceso a efecto de obtener la transmisión de los derechos y obligaciones del causante a sus herederos, suponiéndola desligada de todo proceso accesorio al de la sucesión. Pero los procesos ordinarios que han de seguirse sobre nulidad de testamento, alimentos de hijos menores, reivindicación de bienes herenciales, declaratoria contenciosa de herederos, etc., se fijarán de acuerdo a los honorarios señalados en la Sección 2 anterior.
b) Cuando se liquiden y adjudiquen gananciales al cónyuge sobreviviente, se aplicará la tarifa que establece la Sección de Procesos de Familias y Menores
c) Cuando en una sucesión haya varios herederos representados por distintos abogados, los honorarios se computaran sobre las hijuelas del heredero que cada abogado represente.
d). En caso de que los créditos pasivos alcancen o excedan a la mitad del activo, los honorarios anteriores se aumentarán proporcionalmente del 25% al 50%.
7.4 Proceso Ejecutivo (Jursdicción Civil – Comercial)
7.4.1 De menor cuantía (B/.250.00 a B/.5,000.00) 25% de la cosa o cantidad en litigio
7.4.2 De mayor cuantía
7.4.2.1 De B/. 5,001.00 hasta B/.9,999.99 15%
7.4.2.2 De B/. 10,000.00 a B/.99,999.99 10%
7.4.2.3 De B/. 100,000.00 en adelante 15%
Se aplicarán los mismos honorarios para las tercerías coadyuvantes o excluyentes.
Si se practicase secuestro de bienes o inspecciones judiciales, fuera del domicilio del abogado, se aumentará la tarifa hasta un 15%.
7.5 Procesos ante los Tribunales de Comercio
Para la fijación de los Honorarios Profesionales por las gestiones ante los Tribunales de Comercio, se aplicará la Tarifa señalada para los procesos de la jurisdicción ordinaria, de acuerdo a la cuantía y naturaleza del negocio.
7.6 Otros Procesos en materia de Comercio
7.6.1 Medidas Cautelares de Propiedad Industrial, en primera instancia según el caso 1,500.00
7.6.2 Cancelaciones, nulidades, competencia desleal, justificación del proceder, prohibición del uso, etc., en primera

o única instancia, según el caso

1,500.00
7.6.3 En segunda instancia, según el caso, mínimo 2,000.00
7.6.4 Inspección judicial anticipada 1,000.00
7.6.5 Dictamen pericial anticipado 1,000.00
7.6.6 En caso de cobro de honorarios 200.00 x hora
7.7 Procesos Marítimos
En los procesos marítimos se aplicará en lo posible, la tarifa aprobada para los procesos de la jurisdicción ordinaria.

En aquellas diligencias judiciales o extrajudiciales en que se requiera prestación de servicios profesionales de

Abogado, se aplicará una tarifa de B/.200.00 por hora.

7.8 Procesos ante la Jurisdicción de Familia y Menores
7.8.1 Familia
7.8.1.1 Divorcio – Nulidad de Matrimonio B/500.00 a B/.2,000.00 según convenio en cada caso
7.8.1.2 Guarda, Crianza y Educación 1,000.00
7.8.1.3 Reglamentación de Visitas 500.00
7.8.1.4 Interdicción o Rehabilitación de Interdicto 1,000.00
7.8.1.5 Filiación 1,000.00
7.8.1.6 Adopción 1,000.00
7.8.1.7 Impugnación de Paternidad 1,000.00
7.8.1.8 Reconocimientos Voluntarios 300.00
7.8.1.9 Alimentos (2da. Instancia) 300.00
7.8.1.10 Emancipación 500.00
7.8.1.11 Matrimonios de Hecho 1,000.00
7.8.1.12 Disolución y Liquidación del Régimen Económico Matrimonial B/.500.00 más 10% del activo neto asignado
7.8.1.13 Otros procesos de familia no incluidos 500.00
7.8.1.14 Defensor de Ausente 150.00
(Los Tribunales podrán variar los honorarios del Defensor de Ausente según el caso)
7.8.2 Menores
7.8.2.1 Procesos de Protección 2,000.00
7.8.2.2 Reintegro de Menores
7.8.2.2.1 Nacional 1,000.00
7.8.2.2.2 Internacional 3,000.00
7.8.2.3 Menores Infractores 500.00
7.8.2.4 Violencia Intrafamiliar 500.00
7.8.2.5 Pensiones Prenatales 300.00
7.8.2.6 Impedimentos de salidas 300.00
7.8.2.7 Permisos de salida de menores 300.00
7.8.2.8 Denuncias relativas a menores en circunstancias difíciles, abandono, y/o riesgo social y medidas de

protección

500.00
7.8.3 Procesos de separación de bienes, aislados o accesorios a cualquiera de los que trata la sección anterior Ver sección 7.2
7.8.4 Procesos especiales de Familia
7.8.1 Ausencia y Presunción de Muerte B/.300.00 a B/.3,000.00
7.8.2 Suspensión de la Patria Potestad B/.300.00 a B/.3,000.00
7.8.3 Nombramiento y Remoción de tutores o guardadores B/.500.00 a B/.3,000.00
7.8.4 Impugnación de paternidad o maternidad B/.500.00 a B/.3,000.00
Nota: En caso de no existir controversia podrá el abogado reducir la tarifa hasta un 25%.
7.9 Procesos ante los Juzgados de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor
7.9.1 Procesos de Protección al Consumidor 25% (sujeto a las Costas que se fijen por los Tribunales)
7.9.2 Procesos de Libre Competencia Según convenio
8. ACTUACIONES ANTES LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y RECURSOS EXTRAORDINARIOS
8.1 Procesos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
8.1.1 Acción de nulidad 2,000.00
8.1.2 Acción de plena jurisdicción 5,000.00
8.1.3 Oposición de demanda contencioso administrativo 2,500.00
8.1.4 Representación de tercero en proceso contencioso administrativo 3,000.00
8.1.5 Procesos Indemnizatorios contra el Estado más el 35% de lo que se obtenga o lo que convengan las partes 2,000.00
8.1.6 Procesos de impuestos o alcances por contribuciones de entidades públicas Acuerdo de Partes
8.1.7 Agotamiento de la vía gubernativa
8.1.7.1 Reconsideración 500.00
8.1.7.2 Apelación 1,000.00
PARÁGRAFO: En los procesos ante la Sala Tercera, los honorarios se aplican por las actuaciones ante esa

corporación.

8.2 Recursos Extraordinarios
8.2.1 Casación 5,000.00
8.2.2 Oposición a la demanda de Casación 2,000.00
8.2.3. Revisión (Interposición del recurso o intervención de terceros)
8.2.3.1 Sentencia de la Corte o el Tribunal Superior 5,000.00
8.2.3.2 Sentencia del Juez de Circuito 2,000.00
8.2.3.3 Sentencia del Juez Municipal 1,500.00
8.2.4 Ejecución de Sentencia Extranjera 1,000.00
8.2.5 Amparo de Garantías y Acciones de Inconstitucionalidad
8.2.5.1 Amparo ante Juzgado de Circuito 1,000.00
8.2.5.2 Amparo ante Tribunal Superior 1,500.00
8.2.5.3 Amparo ante la Corte Suprema 3,000.00
8.2.5.4 Acción de inconstitucionalidad 5,000.00
8.2.5.5 Advertencia de Inconstitucional 5,000.00
8.2.6 Habeas Corpus 1,000.00
8.2.6 Habeas Data 1,000.00
9. ACTUACIONES EN LA JURISDICCIÓN PENAL
9.1 Consultas
9.1.1 Verbales 150.00 X hora
9.1.2 Escritas 300.00
Cuando por razón de la consulta sea necesario comparecer ante Autoridad ésta comparecencia causará un 50% de

recargo.

9.2 Asistencia del Abogado al citado y/o detenido
9.2.1 En actuaciones policiales previas a la indagatoria 300.00
9.2.2 En la declaración indagatoria B/.300.00 o tarifa a razón de B/.150.00 por hora
9.2.3 En asistencia a los citados en cualquier etapa del proceso 300.00
9.3 Formalización de denuncias
9.3.1 Ante Personerías Municipales 500.00
9.2.2 Ante Fiscalías de Circuito 1,000.00
9.2.3 Ante Fiscalías Superiores de Distrito 1,500.00
9.2.4 Ante Autoridades con Jurisdicción en todo el territorio 2,000.00
9.4 Defensa en negocios criminales
9.4.1 Ante la esfera Municipal 1,500.00
9.4.2 Ante la esfera de Circuito 2,500.00
9.4.3 Ante las esferas Superiores 3,500.00
9.4.4 Ante Autoridades con Jurisdicción en todo el territorio nacional 4,500.00
9.4.5 Tercerías Incidentales para recuperación de bienes y levantamientos de medidas cautelares Según convenio
9.4.6 Fianzas de excarcelación Según convenio
Cuando la defensa penal se inicia en la etapa sumarial, los honorarios se regirán por lo establecido en esta misma

Sección.

9.5 Delitos de Propiedad Intelectual y Delitos Informáticos
9.5.1 Procesos ante la fiscalía especializada de Propiedad Intelectual y Delitos Informáticos Según convenio
9.5.2 Procesos penales de propiedad intelectual 2,000.00
9.5.3 Medidas cautelares de Propiedad Industrial 1,500.00
9.6 Querellas y acciones penales de las víctimas del delito
Cuando se trate de la interposición de Querellas y Acciones Penales de las Víctimas, los honorarios profesionales aplicables serán establecidos para la defensa en negocios criminales, con un aumento no menor del 25 % de la tarifa allí indicada.
9.7 Sistema Penal Acusatorio
9.7.1 Audiencias de Control de Aprehensión Según convenio
9.7.2 Audiencias de Imputación de Cargos Según convenio
9.7.3 Audiencias sobre Medidas Cuatelares y otras Según convenio
9.7.4 Audiencia Intermedia Según convenio
9.7.5 Audiencias ante el Tribunal de Juicio Según convenio
9.7.6 Audiencia de salidas Alternas (Acuerdo de Penas, Desistimiento, Suspensión del Proceso entre otras) Según convenio
9.7.7 Audiencias ante Tribunales Superiores (Anulación, Apelación, Casación) Según convenio
9.7.8 Solicitudes ante el Juez de cumpliento Según convenio

ARTICULO 5.  Aquellos asuntos, materias y procesos no contemplados en el listado de la presente tarifa de honorarios mínimos, serán fijados pactados o determinados siguiendo en lo posible las gestiones por casos análogos.

ARTICULO 6.  Toda materia o gestión que no esté regulada o en la que no pueda aplicarse el artículo quinto anterior, la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados de Panamá queda facultada para regularla, hasta tanto se realice una Asamblea General de Abogados que lo ratifique o modifique.

ARTICULO 7.  La presente Tarifa rige a partir de la fecha de aprobación de la Junta Directiva.

ARTICULO 8.  Se ordena la publicación de la misma en la Gaceta Oficial y en el próximo Directorio Profesional del Abogado.

ARTICULO 9.  En base a lo que dispone el artículo 1078 se faculta al Primer Vicepresidente de la Junta Directiva, doctor Juan Carlos Araúz Ramos, para que presente la misma ante la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia.

Aprobado por la Junta Directiva en su sesión del lunes 14 de noviembre de 2016.

José Alberto Alvarez                                                                            Delia Lineth Rodríguez

Presidente                                                                                          Secretaria

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